
Monterrey.- La desaparición forzada de personas es una de las principales afrentas sufridas por el pueblo de México desde los gobiernos autoritarios, represivos y antidemocráticos del pasado y los últimos gobiernos neoliberales.
El impacto a los derechos humanos por este delito supera los más de 130 mil casos de desaparición forzada, frente a los cuales las autoridades de los gobiernos en turno poco lograron avanzar para prevenir, investigar y sancionar a los presuntos responsables.
En gran medida pesa el ‘silencio cómplice’ en miles de casos, ya que implicaba procesar y sentenciar a servidores públicos del ámbito federal, estatal, municipal y, sobre todo, de las fuerzas de seguridad tanto civiles como militares, confabuladas con bandas de la delincuencia organizada.
A la desaparición forzada no solamente nos hemos opuesto y condenado, sino también hemos pugnado por combatirla y tipificarla como delito de lesa humanidad, para asegurar la investigación y la justicia contra estos crímenes.
De manera decidida hemos apoyado para que la desaparición forzada y la desaparición cometida por particulares sean tipificados como crímenes de lesa humanidad; es decir, violaciones y atrocidades gravísimas al derecho internacional que lesionan a la humanidad, aunque materialmente hayan afectado únicamente los derechos de un grupo de personas.
Después de las cruentas masacres contra los movimientos estudiantiles del 2 de octubre de 1968 y del 10 de junio de 1971 y sus terribles desapariciones, que marcaron un parteaguas para cambiar el rumbo del país, el asesinato y la desaparición de estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa marcó otro punto de inflexión hacia un nuevo camino.
En la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, Localización e Identificación de Personas Desaparecidas, se tipificaron plenamente como crímenes de lesa humanidad tan atroces acciones, reconociendo su gravedad y universalidad.
Recientemente la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo impulsó nuevas reformas a dicha Ley, aprobadas por el Congreso de la Unión el pasado 30 de junio y publicadas el 16 de julio en el Diario Oficial de la Federación, para establecer entre otras disposiciones, las siguientes:
- La Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación ante la noticia, reporte o denuncia de Persona Desaparecida o No Localizada, la cual deberá activarse en todo el país.
- El Protocolo para activar la Alerta emitido por la Comisión Nacional de Búsqueda, el cual deberá fijar como elementos mínimos el mecanismo para su activación y operación, que asegure la coordinación de las autoridades federales y locales, así como las obligaciones específicas de las instituciones.
- Crear la Base Nacional de Carpetas de Investigación de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
- Establecer los tipos penales en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares y otros delitos vinculados, así como las responsabilidades y las sanciones en que incurran las autoridades y particulares que incumplan con las obligaciones previstas en la Ley.
- Constituir la Plataforma Única de Identidad como herramienta para la consulta, validación y gestión de las Claves Únicas de Registro de Población
- Instituir las Fiscalías de Búsqueda de Personas Desaparecidas dentro de las Fiscalías Generales de Justicia de cada Entidad Federativa.
La desaparición forzada de personas requiere acciones extraordinarias sin indiferencias ni insensibilidades, así como inversiones crecientes para garantizar la memoria, la verdad, la justicia y, sobre todo, la no repetición, algo fundamental para la familia social o conjunto de personas afectadas.
Las desapariciones forzadas del pasado y los hechos de Ayotzinapa son sucesos que marcan el final de una era de represión y el inicio de un nuevo rumbo por la necesidad de un profundo cambio social y político, que mediante la construcción del Segundo Piso de la Cuarta Transformación de México se impulsa de frente a la exigencia de las familias de personas desaparecidas.